El Ministerio de Salud aprobó la Norma Técnica de Salud N° 150-MINSA/2019/DGIESP, que regula el uso del odontograma, a través de la Resolución Ministerial N° 272-2019/MINSA promulgada el pasado 22 de marzo. Su aplicación es obligatoria para todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, privadas y mixtas del sector salud en el país.
La principal finalidad de la nueva normativa es optimizar el uso del odontograma a fin de disponer información estandarizada, proteger los intereses legales de los usuarios o pacientes, así como delimitar las responsabilidades de los cirujanos dentistas y de las unidades prestadoras de servicios estomatológicos.
El Dr. David Vera Trujillo, decano nacional del COP, expresó que la disposición establece que ahora las responsabilidades son directas hacia el odontólogo, a diferencia de la derogada NTS N° 045-MINSA/DGSP-V.01., que generalizaba en el uso de esta herramienta a todos los profesionales de la salud.
“Saludamos la actualización, pero debemos subrayar que las mejoras en esta herramienta ayudarán a los cirujano dentistas a confeccionar más integralmente las historias clínicas. No olvidemos que el odontograma es parte de la historia clínica”, expresó el doctor Vera Trujillo sustentando que el punto 4.2 de la norma explica que el odontograma es un elemento del formato de registro estomatológico contenido en la historia clínica.
Análisis breve de la normativa
“Hay muchos cambios que han enriquecido la norma técnica como el manejo de diferentes gráficos para el odontograma, modificaciones en las definiciones operativas, y en la inclusión de nuevas nomenclaturas”, advirtió el Dr. Marlon Tenorio Anicama, director de Planificación del COP.
Efectivamente, se observa que la Norma Técnica de Salud N° 150 comprende dos gráficos, tanto para el “Odontograma inicial” que se utiliza al empezar la atención al paciente, como para el “Odontograma en evolución” que visualiza el proceso del tratamiento.
En el acápite 4.1, las “Definiciones operativas” han reemplazado a la sección “Definición de términos”. Entre las enmiendas nos encontramos con “Consulta estomatológica”, que es el procedimiento clínico que consiste en la evaluación de las estructuras del sistema estomatognático; o “Hipoplasia del esmalte”, que es la formación incompleta o defectuosa de la matriz orgánica del esmalte dental.
De otro lado, hay nuevas nomenclaturas. Por ejemplo, “Defectos de Desarrollo del Esmalte (DDE)”, “Fosas y fisuras profundas” y “Pieza dentaria supernumeraria”, que no estaban contemplados en la anterior norma técnica.
El punto “5.4. Componentes de gestión”, que desarrolla la parte administrativa y de gestión, es absolutamente novedoso. El mismo incluye planificación, entrenamiento, organización e implementación, sistema de información, indicadores, monitoreo y seguimiento, y financiamiento en el uso del odontograma.
“A partir de estos nuevos procedimientos, los cirujano dentistas tienen que realizar cambios en los procesos del odontograma y en las historias clínicas de sus consultorios. También deben mantenerse en constante capacitación”, indicó el director de Planificación del COP.