A partir de enero del 2016 los odontólogos que cumplan 70 años de edad o 40 años como colegiados, y están habilitados al momento de cumplirlos, podrán retirar de forma voluntaria el pago total o parcial de sus aportes al FPS a través del Fondo Económico de Retiro (FER).
“El objetivo principal de este fondo es que el colegiado decida en vida qué hacer con el dinero aportado al FPS en el transcurso de su presencia institucional”, expresó el Dr. David Vera Trujillo, decano nacional del COP al momento de anunciar la activación de este programa social.
Para poder acceder al FER, el colegiado deberá presentar una solicitud para este beneficio, con copia de su DNI, al colegio regional correspondiente. “El formulario puede ser descargado de la página web del COP (www.cop.org.pe/fps) o recabarlo en las oficinas de su colegio regional, el mismo que trasladará la solicitud al FPS”, informó el Dr. Javier Bazán Alonso, presidente del FPS.
Declaraciones de futuros beneficiarios
Algunos colegiados ya han conseguido las primeras informaciones y han iniciado los trámites. Al ser abordado, el Dr. Melciades Garay Valerio (COP 1969), dijo que lo importante es que se les dará una cantidad en vida. Por su parte, el Dr. Raúl Cabrera Quiroz (COP 0632), expresó que “es una buena decisión del Consejo Nacional”.
La Dra. Zoila Maldonado Veliz (COP 2275), manifestó estar muy satisfecha. “Agradezco al decano nacional, Dr. David Vera, y al Fondo de Previsión Social, por esta gestión encomiable de haberse acordado de las personas de la tercera edad. Nos están dando la oportunidad de hacer uso de nuestro dinero”, declaró.
Cronograma y normativa
El colegiado que desee optar por el beneficio del FER, puede presentar su solicitud de acuerdo al siguiente cronograma:
Colegiados de 90 años de edad a más = del 2 de enero al 28 de febrero.
Colegiados de 85 años de edad a 89 años = del 1 de marzo al 30 de abril.
Colegiados de 80 años de edad a 84 años = del 1 de mayo al 30 de junio.
Colegiados de 75 años de edad a 79 años = del 1 de julio al 31 de agosto.
Colegiados de 70 años de edad a 74 años = del 1 de setiembre al 31 de octubre.
Los colegiados que no puedan enviar su petición de acuerdo al presente cronograma, podrán aplicar en condición de rezagados. En todos los casos, la presentación de esta solicitud se recibirá desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2016.
En el caso que el colegiado tome la decisión voluntaria de solicitar el pago total de beneficios en vida, perderá el derecho a percibir cualquier otro beneficio. Si el colegiado toma la decisión de solicitar el pago parcial de beneficios en vida, sus favorecidos declarados en el sobre de beneficiarios podrán solicitar el pago del saldo restante de los beneficios que le queden.
Finalmente, los colegiados que hayan recibido adelantos parciales de cualquier otro beneficio, el cálculo del FER se efectuará en base al saldo restante al que tenga derecho al momento de cumplir los 70 años de edad, o 40 años de colegiado habilitado.